lunes, 29 de septiembre de 2014

NOVEDADES SOBRE LA LEY CONCURSAL

A través del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal. BOE del 6 de septiembre de 2014, entre otras cosas establece la posibilidad de arrastrar ciertos créditos con privilegio general o especial, con posibilidad de hacerlo también en la parte afectada por el valor de la garantía. Se hace hincapié en 4 tipos de acreedores recogiendo independientemente cada uno de ellos ciertas peculiaridades que conllevan a un tratamiento específico dentro del concurso.
 
- Acreedores de DERECHO LABORAL
- Acreedores PÚBLICOS
- Acreedores FINANCIEROS
- RESTO DE ACREEDORES (principalmente ACREEDORES COMERCIALES)

(ver art.134.3)

www.sapienza.es

www.sapienzalegal.com